Corte Suprema emite nueva prueba de "observador razonable" sobre lo que constituye una embarcación

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28 de octubre de 2012


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Prestamistas, barcos casino de muelle, propietarios de plataformas petroleras y puertos deportivos estén alertos después del caso de Lozman.
18 de enero del 2013
En el caso de Lozman contra la ciudad de Riviera Beach, Florida, No. 11-626 (15 de enero del 2013), la Corte Suprema de los Estados Unidos "reformuló" la definición de "embarcación". Explicó que una prueba objetiva, que toma en cuenta las características físicas de una construcción capaz de flotar 2 en vez de la intención subjetiva de su propietario, determina si dicha construcción es una "embarcación" o no. De este modo, la Corte analizó las características físicas a través de los ojos de un "observador razonable". La mayoría las examinó esencialmente con sus propios ojos en calidad de observadores razonables en vez de remitir el caso para un análisis de hechos más profundo, tal como se había instado en la opinión disidente. Si se hubiera remitido el caso, el tribunal del distrito hubiera podido recurrir a expertos para determinar si la construcción capaz de flotar cumplía con la prueba objetiva que la mayoría y la disidencia acordaron se debería usar.

Este artículo fue preparado por Chester Hooper y Christopher Nolan, socios en Holland & Knight LLP, el cual es republicado con el permiso de Holland & Knight LLP. Los autores pueden ser ubicados en chester.hooper@hklaw.com y chris.nolan@hklaw.com

This article was prepared by Chester Hooper and Christopher Nolan, partners at Holland & Knight LLP, and is republished with the permission of Holland & Knight LLP. The authors may be reached at chester.hooper@hklaw.com and chris.nolan@hklaw.com

¿Qué es una embarcación?

En el caso de Lozman, la Corte Suprema se enfrentó a la interrogante de si una casa flotante particular cumplía con la definición de "embarcación", según el capítulo tres del título uno del Código de los Estados Unidos. Esa disposición, la Rules of Construction Act (Ley de los Reglamentos de Construcción), define una embarcación como "todo tipo de construcción capaz de flotar u otro medio artificial utilizado, o capaz de ser utilizado, para el transporte sobre el agua".

La ciudad de Riviera Beach operaba un puerto deportivo donde estaba amarrada una casa flotante. Después de que surgió una disputa entre la ciudad y el propietario de la casa flotante, la ciudad entabló una acción in rem en el tribunal federal contra la casa flotante suponiendo que era una embarcación. La ciudad detuvo la construcción capaz de flotar, la subastó en una venta judicial y la compró en la venta. Luego, la ciudad la destruyó.

Tanto el tribunal del distrito como la Corte de Apelación de los Estados Unidos para el Undécimo Circuito sostuvieron que la construcción capaz de flotar era una embarcación, y, por lo tanto, la jurisdicción del Almirantazgo se extendía a ella. La Corte Suprema revocó la decisión de la Corte de Apelación e indicó lo siguiente:

Sostenemos que un observador razonable, tomando en cuenta las características físicas únicas y actividades de la casa, no pensaría que tuviera el diseño práctico para transportar personas o cosas sobre el agua. Por consiguiente, también concluimos que la casa flotante no es una "embarcación". Id., slip op. en 1 (cursiva añadida).

Al redactar su decisión en representación de la mayoría, el magistrado Breyer explicó que la prueba del Undécimo Circuito, que determinaría que prácticamente cualquier objeto flotante sería capaz de transportar personas o cosas sobre el agua, era demasiado amplia. Asimismo, aclaró que la Corte tenía el objetivo de evitar el uso de elementos subjetivos, tales como la intención del propietario de la construcción capaz de flotar. El empleo de estos elementos podría cambiar la condición de la misma con los cambios de dueño o con los cambios del estado de ánimo de un propietario en particular, y, por lo tanto, no serían predecibles. El propietario de una embarcación utilizada como casino de juego, por ejemplo, no debería ser capaz de hacer que la embarcación no sea una embarcación al decidir nunca usarla para el transporte.

La opinión disidente presentada por la magistrada Sotomayor, con la que coincidía el magistrado Kennedy, conformaba con el razonamiento de la mayoría de utilizar una prueba objetiva, pero indicó que se debería haber remitido el caso para establecer conclusiones de hecho, según las que se podría hacer una determinación objetiva. La opinión disidente señaló que la opinión de la mayoría era básicamente una de índole subjetivo sostenida por los magistrados de la mayoría, ya que dependían de su propio análisis, después de revisar fotografías de la casa flotante y sus enseres fijos y características estéticos, para determinar que un observador razonable no hubiera pensado que tuviera el diseño práctico para transportar personas o cosas sobre el agua.

Impacto sobre la industria marítima

Un gran beneficio para los arquitectos y peritos navales: Se supone que el testimonio de un experto, por ejemplo, un arquitecto naval, sería invalorable para determinar si una construcción capaz de flotar podía físicamente transportar personas y carga de un lugar a otro y, por lo tanto, si ésta cumplía con la definición de "embarcación". En casos futuros, se deberían presentar mejores argumentos ante el tribunal de primera instancia. Un testigo pericial debería examinar el objeto en cuestión y emitir una opinión después de "tomar en cuenta las características físicas y actividades de la [construcción capaz de flotar] y de [determinar si ésta presentaba] el diseño práctico para transportar personas o cosas sobre el agua". Id., slip op. en 5. Ese testimonio, con documentos justificantes, debería satisfacer tanto las opiniones de la mayoría como las disidentes.

Es posible que los banqueros y los prestamistas de embarcaciones se enfrenten a un menor grado de certeza con respecto a los recursos de gravámenes: La opinión disidente señaló apropiadamente que la incertidumbre creada por una nueva prueba de "observador razonable" tendrá un impacto inmediato sobre la actividad crediticia. La magistrada Sotomayor observó que "es imposible que los prestamistas sepan cómo caracterizar correctamente [una estructura] como garantía para un acuerdo de financiamiento porque no saben a qué recursos podrán recurrir en el caso de incumplimiento". Opinión disidente en 11 n. 6. La decisión no debería tener ningún tipo de impacto sobre el financiamiento de embarcaciones comerciales que transportan carga o pasajeros. Obviamente, esas construcciones capaces de flotar son embarcaciones, y un tribunal no tendría dificultad en decidir que sí las son.

No obstante, problemas podrían surgir con el financiamiento de embarcaciones de recreo, barcos casino, algunos tipos de plataformas petroleras y otras construcciones capaces de flotar que no se mueven con frecuencia. Antes de que se emitiera la decisión, los prestamistas y acreedores marítimos observaron que la posibilidad de entablar acciones in rem contra embarcaciones con el objetivo de ejecutar las hipotecas preferentes de las mismas era de suma importancia. Hoy en día, sería aconsejable que algunos prestamistas abran sus expedientes y revisen más detenidamente si ciertas estructuras cumplirán con la prueba del "observador razonable". Esos mismos prestamistas posiblemente tengan que recurrir a los recursos proporcionados por las leyes estatales para recobrar la posesión de lo que se consideraban embarcaciones en lugar de buscar ayuda federal. El caso de Lozman puede plantear nuevas interrogantes sobre lo que es exactamente una "embarcación". En el mercado actual, la reestructuración de deudas es un hecho común, y cuando se renegocian contratos, la incertidumbre probablemente dé lugar a la especificación del prestamista de sus derechos y recursos según la ley en vez de simplemente referirse a la Commercial Instruments and Maritime Liens Act (Ley de Instrumentos Comerciales y Gravámenes Marítimos).

Los operadores de barcos casino de muelle no están a salvo: La industria del juego es considerable en los Estados Unidos; según la American Gaming Association (Asociación Estadounidense del Juego), sesenta y un casinos de muelle con licencias estatales se encuentran en operación hoy en día en seis estados. En un escrito de amicus curiae, la Asociación solicitó la revocación del fallo emitido por el Undécimo Circuito porque la definición era demasiado amplia y afectaría la casi resuelta jurisprudencia sobre estructuras flotantes y embarcaciones convertidas. El antiguo adagio de tener cuidado con lo que uno desea se me viene a la mente. A pesar de que la opinión de la mayoría citó, con aprobación, jurisprudencia previa principalmente sobre estructuras flotantes inmóviles empleadas como oficinas y almacenes, el lenguaje empleado en la opinión podría dar lugar a incertidumbre. "Es posible que una construcción capaz de flotar, cuyas características físicas y actividades evidencian objetivamente un propósito o función de transporte acuático, ya no se clasifique como una embarcación, si se realizan modificaciones físicas posteriores". Slip op. en 12. Los operadores no solamente tendrán que revisar las medidas adoptadas en el muelle para inmovilizar un barco fluvial que en algún momento era operativo, sino también tendrán que considerar las cuestiones estéticas. El caso de Lozman nos enseña que las características físicas sí son importantes. Entonces, quiten las portillas herméticas y coloquen puertas francesas y ventanas comunes: un argumento real que la mayoría señaló al conversar sobre la estructura del recurrente.

Ciudades y puertos deportivos pierden certeza: La ciudad de Riviera Beach rompió con los paradigmas cuando trató de resolver lo que consideraba una molestia local. ¿El resultado? La ciudad probablemente deba al recurrente el valor de la estructura destruida. Para las municipalidades y puertos deportivos de todo el país, los márgenes de ganancia ya son bajos, y los litigios prolongados sobre lo que es o no una embarcación son engorrosos. Incluso, la contratación de un perito puede ser costosa, y la transferencia del costo a individuos constituye una desagradable carga adicional. Se debe reexaminar los remedios apropiados.

Conclusión

¿Qué es lo que hemos aprendido con certeza?

  • Es posible que se interpongan demandas adicionales. La Corte reconoce que su nuevo estándar de "observador razonable no es ni perfectamente preciso, ni siempre determinante". Slip op. en 12. Basarse en los ejemplos de tribunales de menor jerarquía para estructuras similares con el objetivo de determinar si una estructura es una "embarcación" no será prudente. El caso de Lozman representa el nuevo orden mundial y dará lugar a desacuerdos únicos sobre la definición de una estructura como una "embarcación" en áreas en las que una vez este debate se consideraba como resuelto. Por ejemplo, las estructuras que frecuentemente dan lugar a desacuerdos sobre su condición de "embarcación" o carencia de la misma son las plataformas petroleras. De hecho, las "características físicas y actividades" de las plataformas podrían incluso cambiar con el tiempo. Para leer sobre un análisis interesante de esta problemática, véase Louisiana International Marine L.L.C. contra Drilling Rig Atlas Century, No. C-11-186, 2012 WL 1029934 (S.D. Tex. 9 de marzo del 2012).
  • Un profesional marítimo de los Estados Unidos ya no puede argumentar que la definición de una embarcación incluye "todo lo que flota". Al concluir lo antes mencionado, la Corte Suprema irónicamente dio ejemplos de lo que no se considera como vessel 3: "una tina de lavar de madera, un barreño de plástico, una plataforma de natación sobre pontones, una gran red de pesca, una puerta no montada en sus bisagras y Pinocho (cuando está dentro de la ballena)". Asimismo, la estética sí importa: más puertas francesas y menos portillas, en realidad, ayudan para que no se clasifique como una embarcación. La frecuencia de movimiento ("muy poco uso real") como una construcción capaz de flotar que transporta personas y carga también es importante. Slip op. en 14.
  • La uniformidad del derecho marítimo federal está menos establecida: La opinión disidente señaló que la referencia de la mayoría a las leyes medioambientales y tributarias estatales cuando se define una embarcación causa conflicto con el precepto de que los reglamentos sobre embarcaciones deberían establecerse en el ámbito federal.
  • En el caso de los profesionales del distrito del sur de Nueva York, los pocos logros alcanzados durante el último lustro con respecto a la construcción de naves y la consideración de que sus contratos son de índole marítimo para propósitos jurisdiccionales se aliaron contra la magistrada Sotomayor en la opinión disidente. La magistrada se refirió a naves "aún no nacidas" y, al citar jurisprudencia de la Corte Suprema, señaló que una estructura se convierte en una embarcación sólo cuando zarpa. Opinión disidente op. en 3 n.1.
  • La estructura del caso de Lozman era "una estructura fuera de lo común": un perito no podía encontrar una construcción capaz de flotar comparable en todo el estado de Florida. Quizás esta observación dé lugar a que los profesionales del Almirantazgo busquen disminuir el valor jurisprudencial de la decisión.

1 En el documento original redactado en inglés, la palabra empleada es vessel.

2 En el documento original redactado en inglés, la palabra empleada es watercraft.

3 La palabra vessel en inglés no se limita a 'embarcaciones o construcciones capaces de flotar', sino también se refiere a 'cualquier contenedor o recipiente para cargar algo'.


Atentos saludos,

Carlos Peralta
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