El límite de responsabilidad de las compañías aéreas bajo el Convenio de Montreal se ha incrementado de 19 DEG a 22 DEG

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02 de diciembre de 2019


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La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) ha anunciado recientemente una actualización del Convenio de Montreal de 1999, el cual establece limitaciones con respecto a la responsabilidad de las compañías aéreas por pérdidas y daños a la carga durante el transporte aéreo internacional.

La responsabilidad máxima de las compañías aéreas se ha modificado de 19 Derechos Especiales de Giro (DEG) por kg a 22 DEG por kg (es decir, de aproximadamente USD 26/kg a USD 30/kg a las tarifas actuales).

Esto refleja un aumento del 13,9% sobre los límites vigentes desde finales de 2009, cuando entró en vigor la última enmienda. Esto se ha hecho para tener en cuenta los factores inflacionarios. El aumento se basa en la "cláusula de escalamiento" en el Artículo 24 (1) del Convenio de Montreal de 1999, que exige que la OACI revise los límites de responsabilidad en el convenio cada cinco años.

Las modificaciones han sido aprobadas por los Estados Parte del Convenio y serán efectivas a partir del 28 de diciembre de 2019.

Esto proporcionará mayores niveles de recuperación en casos de reclamos de carga aérea. Sin embargo, las aseguradoras que brindan cobertura de seguro de responsabilidad civil a las compañías aéreas internacionales también deben conocer los límites modificados, que naturalmente aumentarán la exposición de sus reclamos debido a los altos niveles de compensación que vayan a vencer.

El anuncio oficial de la OACI es el siguiente:

De conformidad con la revisión de 2019 de los límites de responsabilidad realizada por la OACI bajo el Artículo 24 del Convenio para la Unificación de Reglas Certeras para el Transporte Aéreo Internacional, realizada en Montreal el 28 de mayo de 1999 (Doc 9740) (Convenio de Montreal de 1999), los límites modificados de responsabilidad establecidos en los artículos 21 y 22 de dicho Convenio, en Derechos Especiales de Giro (DEG), vigentes a partir del 28 de diciembre de 2019, son los que se establecen en la cuarta columna de la siguiente tabla:

Convenio de Montreal de 1999 Límite Original (DEGs) Límite Modificado (DEGs) al 30 de diciembre del 2009 Límite Modificado (DEGs) efectivo el 28 de diciembre del 2019
Artículo 22, párrafo 3 17 DEG/kg 19 DEG/kg 22 DEG/kg

Cualquier cliente que requiera nuestra asistencia con respecto a cualquier reclamo por daños a la carga, ya sea transportado por aire o por otro medio de transporte, o que desee tener más información sobre nuestros servicios, puede contactarnos.

Saludos


Atentos saludos,

Carlos Peralta
Herrera DKP SRL Ajustadores y Peritos de Seguros
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